NORMA MERCADEO/ PUBLICIDAD

El Ascorbato de Sodio es un producto de venta bajo fórmula facultativa, y como tal no se puede mercadear masivamente, de manera abierta al público, como redes sociales, email, volantes, videos, etc. Esto se extiende a la caja de cartón y al envase de vidrio del producto con su etiqueta.

Solo se puede mercadear en eventos exclusivos para profesionales de la salud y debe citar la bibliografía, las indicaciones, contraindicación, efectos adversos y riesgos del uso del producto como lo aprobó Invima.

Toda publicidad que se realice debe ser previamente notificada a Epheta Grupo Gales SAS, quien la revisará y en caso de ser aprobada la enviará por escrito tanto al cliente, como a Invima a través de Publimed. En caso de no cumplirse este requisito se suspenderá de inmediato la distribución del producto y se realizará el reporte a las entidades de salud para salvar la responsabilidad del Importador. Comuníquense y cúmplase.

Manual de cumplimiento mercadeo Vitamina C 2026